Blindaje Fiscal · los entregables
Seis documentos que llegan fechados, foliados y firmados. Ninguna pantalla que aprender.
Lo que usted recibe de este servicio no es una pantalla: son seis documentos con contenido fijo, formato declarado, firma y fecha. Esta página los describe pieza por pieza, y dice qué se puede comprobar en cada uno.
Por qué esta página no le muestra una sola pantalla
Conviene decirlo en la primera línea, porque de otro modo el resto de la página se lee con sospecha. Blindaje Fiscal se entrega como servicio: no hay una aplicación que abrir, no hay un menú lateral, no hay una bandeja de alertas que usted consulte a media mañana. Hay un dictamen antes de dar de alta a un proveedor, un aviso el día en que uno cambia de estatus y un expediente armado el día de la operación.
Es una decisión de diseño y vale entenderla, porque es lo que separa un servicio de una aplicación. Lo que aquí está modelado con detalle es el trabajo: 39 procesos de negocio, 97 subprocesos con su rol responsable, 110 casos de uso, 9 roles y 31 documentos aprobados. Lo que usted recibe no es acceso a un programa; es el resultado de ese trabajo, con fecha y firma.
Y hay una razón anterior a la técnica: lo que se modeló aquí fue un servicio profesional. El documento comercial de este producto se presenta como documento de servicios —seis capacidades de vigilancia y siete líneas de servicio— y no como ficha de un programa. Un servicio no se demuestra con capturas. Se demuestra con el documento que llega, con lo que ese documento contiene, con quién lo firma y con la fecha que tiene impresa.
Donde esta página hable de tipos de pantalla, de endpoints o de generación automática, el sujeto será la plataforma de la casa y estará dicho. La plataforma genera 21 tipos de pantalla distintos y tiene un generador por cada tipo; el catálogo de la base devuelve 25 filas, 24 de ellas activas. Este servicio tiene cero, y la razón es la que acaba de leer.
Un servicio por construcción, no una aplicación a medias. La diferencia es la que hace creíble todo lo demás.
Lo que el motor tiene de este producto, y lo que no
| Artefacto | Cuántos | Qué significa aquí |
|---|---|---|
| Módulos de sistema | 0 | Nunca corrió el generador de sistema sobre este proyecto. Sin módulo no hay pantalla: la pantalla cuelga del módulo |
| Pantallas | 0 | Consecuencia directa de la fila anterior, no una medición aparte |
| Entidades de diccionario de datos | 0 | Sin entidades no hay operaciones automáticas de alta, consulta y baja, que es de donde salen los endpoints |
| Endpoints | 0 | Cero en la tabla de interfaces del proyecto. La página de fuentes de dato lo explica en detalle |
| Agentes de inteligencia artificial | 0 | Ninguno en este producto. En toda la base de la casa hay 36, y ninguno pertenece a este servicio |
| Máquinas de estado | 0 | No hay ciclo de vida dado de alta. El ciclo que sí existe es el del estatus de riesgo de una contraparte, y lo sostienen la norma y el proceso del servicio |
| Procesos de negocio | 39 | La capa de análisis sí está poblada, y es lo que sostiene el proceso del servicio |
| Subprocesos | 97 | Con su orden y su rol responsable |
| Casos de uso | 110 | Con actor principal y flujo paso por paso. 62 de ellos tienen como actor al ejecutor de procesos automáticos |
| Roles | 9 | Con tipo y descripción. Cero accesos por pantalla, porque no hay pantallas |
| Documentos del proyecto | 31 | Los 31 en estado Aprobado, versión 1.0, con última actualización del 31 de agosto de 2026 |
| Documentos técnicos generados | 7 | Generados con apoyo de modelo de lenguaje, estado Actualizado, entre 2 y 5 páginas cada uno |
Fuente: base del motor de la casa, el proyecto de este sistema.Medido por esta redacción sobre la base del motor de la casa, el proyecto de este sistema, con la hora tomada del reloj del propio servidor: 27 de septiembre de 2026, 14:41:37. Ninguna consulta devolvió nombres de persona ni registros fiscales de contribuyentes.
Si busca una pantalla en esta página, no la va a encontrar. Lo que va a encontrar es qué documento llega, qué trae dentro y quién responde por él.
El catálogo
Los seis entregables, con su formato, su firma y su fecha
Ésta es la tabla que sustituye a la de pantallas. Cada fila es un documento que existe físicamente, que se entrega con folio y fecha, y que un tercero —la autoridad fiscal, el banco, el cliente que exige opinión positiva— puede leer sin que nadie se lo explique. Ésa es la prueba de un servicio: que el entregable se sostenga solo.
La columna de firma importa más de lo que parece. Hay documentos que firma quien los prepara y hay documentos que sólo puede firmar la empresa, porque la obligación está puesta en cabeza de la empresa y no del tercero que la ayuda a cumplirla. Confundir esas dos columnas es el error más caro de este mercado.
Entregable · qué contiene · formato · quién firma · cuándo llega
| Entregable | Qué contiene | Formato | Quién firma | Cuándo llega |
|---|---|---|---|---|
| Dictamen de contraparte | Identificación de la contraparte por su registro fiscal, resultado del cotejo contra cada listado consultado, versión y fecha de cada listado, semáforo verde, amarillo o rojo, y la razón del color en una frase | Documento de una o dos páginas, con folio y fecha de consulta por listado | Quien ejecuta el cotejo, por la casa | Antes del alta de la contraparte y antes de la primera orden de compra |
| Aviso de cambio de estatus | Contraparte afectada, listado y fecha de la publicación, monto deducido en riesgo por ejercicio, fecha exacta de vencimiento del plazo de defensa y las tres rutas posibles de respuesta | Aviso de una página, con la fecha de vencimiento en el encabezado | Quien detecta, por la casa; el acuse de recepción, por el responsable del cliente | El mismo día en que se detecta la publicación |
| Expediente de materialidad | Contrato o pedido, comprobante fiscal, evidencia de que la prestación ocurrió, trazabilidad del pago, índice de piezas y hoja de faltantes | Carpeta con índice numerado y una pieza por documento, en el orden en que la autoridad la pide | Prepara la casa; presenta y firma el representante legal de la empresa | Se arma el día de la operación relevante; se cierra antes del vencimiento del plazo |
| Aviso de coincidencia en lista de bloqueo | Contraparte, listado donde apareció, fecha y hora del cotejo, tipo de coincidencia y confirmación de identidad, y la acción que la empresa tomó | Escrito con acuse, más la hoja de confirmación de identidad firmada | El representante encargado del cumplimiento designado por la empresa | Dentro del plazo que corresponda al régimen aplicable a la empresa |
| Reporte de vigilancia | Panorama consolidado de exposición por contraparte y por ejercicio, movimientos del periodo, plazos abiertos y decisiones pendientes | Reporte fechado, con la portada de seis cifras y el detalle por contraparte | Quien lo elabora, por la casa; lo recibe la dirección | Con la periodicidad pactada, y de inmediato cuando hay un cambio de estatus |
| Expediente de la visita | Requerimiento recibido, inventario de lo solicitado, lo entregado pieza por pieza con acuse, cronología de la atención y copia de lo presentado | Carpeta cronológica con acuses | Prepara la casa; presenta y firma la empresa | Desde el día del requerimiento y hasta el cierre del procedimiento |
Fuente: Código Fiscal de la Federación, artículos 12, 30, 32-D, 69, 69-B y 69-B Bis; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículos 18, 20, 23 y 24. Texto vigente consultado el 27 de septiembre de 2026.
Seis documentos. Ninguno es una pantalla y ninguno necesita serlo. Un dictamen de dos páginas con la fecha de consulta de cada listado prueba más, ante quien pregunta, que una bandeja que sólo existe mientras alguien la tiene abierta.
La pregunta útil frente a cualquier oferta de este mercado no es cuántas pantallas trae. Es qué documento le va a quedar en la mano cuando llegue el requerimiento.
El dictamen de contraparte, pieza por pieza
Es el entregable más frecuente y el más barato de producir, y por eso es el que más se hace mal. Un dictamen de contraparte que dice «sin coincidencias» y nada más no sirve para nada seis meses después, cuando alguien tenga que demostrar que la revisión se hizo. Lo que hace útil a un dictamen es que declare contra qué se comparó, en qué versión y en qué fecha.
El semáforo del dictamen tiene tres colores porque las decisiones que habilita son tres, no dos. Verde no significa «sin riesgo»: significa que ninguno de los listados consultados devolvió coincidencia en la fecha de consulta. Amarillo significa que hay algo que un humano tiene que mirar antes de decidir. Rojo significa que la decisión ya no es de compras.
Las nueve piezas del dictamen, y por qué cada una está
| Pieza | Qué dice | Para qué sirve después |
|---|---|---|
| Folio y fecha de emisión | Identificador del dictamen y día en que se emitió | Es lo que permite atarlo al alta del proveedor y a la primera orden de compra |
| Identificación de la contraparte | Registro fiscal, denominación y domicilio declarado | Sin registro fiscal el cotejo no es concluyente: los nombres se repiten y los registros no |
| Listados consultados, uno por renglón | Nombre del listado, versión o fecha de publicación y fecha y hora del cotejo | Es la única pieza que contesta la pregunta «¿cuándo y contra qué lista verificó usted a este cliente?» |
| Resultado por listado | Coincidencia, sin coincidencia o coincidencia por confirmar | Separa el hallazgo del juicio: el hallazgo es del cotejo, el juicio es de quien dictamina |
| Confirmación de identidad cuando hay coincidencia | Qué datos se compararon para confirmar o descartar que se trata de la misma persona | Evita el falso positivo por homonimia, que en este dominio es frecuente y caro |
| Semáforo | Verde, amarillo o rojo | Es la decisión que se pide, no el resultado del cotejo |
| Razón del color | Una frase que explica el semáforo | Un color sin razón no se puede discutir, y un dictamen que no se puede discutir no se puede defender |
| Recomendación de acción | Qué se propone hacer y con qué condición | Convierte el documento en algo que compras puede ejecutar |
| Firma y cargo de quien dictamina | Quién responde por el contenido | Es lo que distingue un dictamen de una impresión de pantalla |
Fuente: brochure de servicios del producto, apartado de debida diligencia antes de contratar. Verificado al 27 de septiembre de 2026.
Hay una pieza que este dictamen no lleva, y es deliberado: no lleva un puntaje numérico de riesgo. Un número del uno al cien sobre una contraparte invita a tratar el juicio como un dato, y en este dominio el juicio es lo único que sostiene una defensa. El color se discute; el número se acata.
Si hoy da de alta proveedores sin un documento como éste, la revisión que su equipo sí hizo no existe para nadie más.
El aviso de cambio de estatus: el entregable que trae el reloj dentro
Éste es el documento que justifica el servicio entero. Cuando una contraparte aparece en el listado definitivo, empieza a correr un plazo, y ese plazo arranca con la publicación, no con el día en que usted se enteró. El aviso existe para que la fecha de vencimiento le llegue escrita, y no la tenga que calcular alguien con prisa.
El plazo son 30 días, y son hábiles. El cómputo de plazos del Código Fiscal excluye sábados, domingos y los días inhábiles que la propia ley enumera, de modo que treinta días hábiles equivalen a cerca de seis semanas de calendario. Las dos cifras se publican juntas porque la de calendario es la que le permite planear y la de días hábiles es la que la autoridad cuenta.
El aviso también trae el monto. Sin el importe deducido en riesgo, el aviso es una noticia; con el importe, es una decisión con tamaño. Y el tamaño es lo que determina si el caso se resuelve en el área fiscal o sube al consejo.
Las siete piezas del aviso de cambio de estatus
| Pieza | Contenido | Fundamento o criterio |
|---|---|---|
| Contraparte y su registro fiscal | Quién cambió de estatus, sin ambigüedad | La identificación por registro fiscal es la única concluyente |
| Listado, fecha de publicación y calidad de la publicación | Si la publicación es de presuntos o del listado definitivo, y en qué medio se publicó | Código Fiscal de la Federación, artículo 69-B: la publicación de presuntos abre un plazo para desvirtuar y el listado definitivo abre el plazo de treinta días para el que dedujo |
| Fecha exacta de vencimiento del plazo | Día calendario en que vencen los treinta días hábiles, calculado en el propio aviso | Código Fiscal de la Federación, artículos 69-B y 12: el cómputo es en días hábiles |
| Monto deducido en riesgo, por ejercicio | Importe de los comprobantes de esa contraparte a los que se dio efecto fiscal, separado por ejercicio | Determina el tamaño de la exposición y quién decide |
| Exposición por sanción | El rango de multa aplicable sobre el importe de cada comprobante | Código Fiscal de la Federación, artículo 83, fracción XVIII, en relación con el artículo 84, fracción XVI: del 55 % al 75 % del importe de cada comprobante |
| Las tres rutas de respuesta | Acreditar la materialidad, corregir la declaración, o ambas cosas para operaciones distintas | Código Fiscal de la Federación, artículo 69-B, párrafo relativo a quienes dieron efectos fiscales a los comprobantes |
| Acuse de recepción | Quién del lado del cliente recibió el aviso, y cuándo | Es lo que impide la discusión posterior sobre si se avisó o no |
Fuente: Código Fiscal de la Federación, artículos 12, 30, 32-D, 69, 69-B y 69-B Bis; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículos 18, 20, 23 y 24. Texto vigente consultado el 27 de septiembre de 2026.
Hay una segunda puerta que casi ningún material de este mercado nombra, y el aviso la contempla. La misma sanción aplica cuando la autoridad, en una revisión ordinaria, determina que no se demostró la materialidad de una operación, sin que el proveedor haya sido publicado en ningún listado. Dicho de otro modo: su exposición no depende de que a su proveedor lo publiquen. (Código Fiscal de la Federación, artículo 83, fracción XIX, en relación con el artículo 84, fracción XVI)
El aviso no le quita el problema. Le entrega el problema con fecha, con importe y con opciones, que es la única forma de decidir sobre algo así.
El expediente de materialidad: el entregable que se arma antes de necesitarse
Los otros cinco entregables se producen cuando pasa algo. Éste no: éste se arma el día de la operación, cuando armarlo cuesta poco, para que exista el día del requerimiento, cuando armarlo ya no se puede. Esa inversión de orden es la mitad del valor de este servicio.
Acreditar la materialidad significa demostrar que la operación existió: que el bien se entregó o el servicio se prestó, que hubo quien lo hiciera, que quedó rastro, y que el pago siguió el camino que dice el contrato. Ninguna de esas cuatro cosas se demuestra con la factura. La factura prueba que se facturó.
El expediente se ordena en el orden en que la autoridad lo pide, no en el orden en que la empresa lo tiene. Ese detalle, que parece de forma, es el que decide cuántas semanas se pierden en una atención.
La factura prueba que se facturó. La materialidad se prueba con las otras siete piezas.
- Contrato o pedido, con objeto, alcance, precio y condiciones. Si no hay contrato escrito, se declara y se sustituye con la orden y su aceptación.
- Comprobante fiscal, con sus requisitos de forma y la descripción del servicio o del bien. (Código Fiscal de la Federación, artículo 29-A)
- Evidencia de que la prestación ocurrió: entregables, reportes, fotografías fechadas, bitácoras, listas de asistencia, actas de entrega, correos de coordinación. Es la pieza que más falta y la que más pesa.
- Capacidad del proveedor para prestarlo: personal, equipo, permisos o instalaciones. Si un proveedor de maniobras no tenía con qué hacer maniobras, la operación se cae por ahí.
- Trazabilidad del pago: la transferencia, su fecha, la cuenta de origen y la de destino, y su correspondencia con el comprobante.
- Registro contable: la póliza, su fecha y la cuenta afectada, con el vínculo al comprobante. (Código Fiscal de la Federación, artículo 30)
- Índice numerado de piezas, para que quien revise no tenga que buscar.
- Hoja de faltantes, que dice qué pieza no está y por qué. Un expediente que declara sus huecos es más defendible que uno que los esconde.
La conservación tiene dos relojes distintos y conviene no confundirlos. La documentación de la contabilidad se conserva por cinco años conforme al Código Fiscal de la Federación, con los supuestos en que ese plazo se suspende o corre desde otra fecha. Los expedientes de identificación de quienes realizan actividades vulnerables se conservan por diez años, plazo que subió a diez con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. Si su empresa está en los dos supuestos, manda el plazo mayor. (Código Fiscal de la Federación, artículo 30; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículo 18, fracción IV)
Ante una inspección, no tener evidencia equivale a no haberlo hecho. Es la frase más incómoda de este servicio y es exacta.
El aviso de coincidencia, y el plazo que aquí no se publica
Cuando el cotejo devuelve una coincidencia con una lista de bloqueo, el entregable cambia de naturaleza: deja de ser un documento informativo y pasa a ser un escrito que la empresa presenta ante una autoridad. Por eso este es el único de los seis entregables que firma la empresa y no quien lo prepara.
Antes de presentar nada hay un paso que no se puede saltar: confirmar la identidad. Las listas de bloqueo y de sanciones se cotejan por nombre, y los nombres coinciden con frecuencia. Presentar un aviso sobre la persona equivocada tiene consecuencias propias. Por eso la hoja de confirmación de identidad va dentro del entregable, con los datos que se compararon.
Y aquí esta página se detiene a decir algo que en el material comercial de este mercado circula sin fundamento. El documento comercial de este producto menciona un plazo de veinticuatro horas para el aviso de coincidencia. Esta redacción no lo publica como obligación general, porque no está verificado contra el texto que lo fijaría: el plazo que sí está en la ley de actividades vulnerables es el día 17 del mes siguiente para los avisos ordinarios, y el aviso inmediato pertenece a disposiciones de carácter general de un régimen distinto, que esta redacción no leyó. Lo que sí se afirma es la consecuencia: el plazo aplicable depende del régimen concreto de su empresa, y averiguarlo es parte del trabajo del primer diagnóstico.
Qué sí está verificado sobre los avisos, y qué no
| Afirmación | Estado | Fundamento |
|---|---|---|
| Los avisos ordinarios se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el acto u operación | Verificado | Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículo 23 |
| Los expedientes de identificación se conservan por diez años | Verificado | Misma ley, artículo 18, fracción IV, con la reforma publicada el 16 de julio de 2025 |
| Quien realiza actividades vulnerables designa un representante encargado del cumplimiento y lo registra | Verificado | Misma ley, artículo 20 |
| Existe obligación general de presentar el aviso de coincidencia con lista de bloqueo en veinticuatro horas | No verificado y por eso no se publica como obligación | El plazo pertenece a disposiciones de carácter general del régimen financiero, no al artículo 23 de la ley de actividades vulnerables |
| Quien verifica contrapartes contra listas de riesgo en el régimen de organizaciones auxiliares del crédito tiene obligación específica | Verificado | Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, artículo 95 Bis |
Fuente: Código Fiscal de la Federación, artículos 12, 30, 32-D, 69, 69-B y 69-B Bis; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículos 18, 20, 23 y 24. Texto vigente consultado el 27 de septiembre de 2026.
Un proveedor que le publique un plazo sin decirle de qué disposición sale le está pidiendo que le crea. Éste le está diciendo qué no verificó.
El cálculo del monto expuesto: de dónde sale cada peso
El monto expuesto es la cifra que convierte este servicio en una conversación de consejo. Y es una cifra que hay que saber calcular, porque el cálculo ingenuo —sumar todas las facturas de ese proveedor— sobrestima la exposición y quema credibilidad la primera vez que alguien lo revisa.
El cálculo se hace en cuatro pasos y cada paso descarta algo. Lo que queda al final es el importe de los comprobantes de esa contraparte a los que efectivamente se dio efecto fiscal en un ejercicio que la autoridad todavía puede revisar. Sobre ese importe corren dos consecuencias distintas: el impuesto que se vuelve a determinar y la multa por comprobante.
- 1 · Todos los comprobantes de la contraparte — El universo completo, tomado de la contabilidad del cliente, por ejercicio y por concepto
- 2 · Los que se dedujeron o acreditaron — Se descartan los que nunca produjeron efecto fiscal: cancelados, no deducidos, o de operaciones que no se registraron aquí se rompe hoy
- 3 · Los que están en ejercicio revisable — Se separan por ejercicio y se marcan los que caen dentro del plazo en que la autoridad puede ejercer facultades aquí se rompe hoy
- 4 · Los que tienen expediente completo y los que no — Es la partición que decide la estrategia: lo que se acredita por un lado, lo que se corrige por el otro aquí se rompe hoy
Las dos consecuencias que se calculan sobre el mismo importe
| Consecuencia | Base de cálculo | Fundamento |
|---|---|---|
| Impuesto que se vuelve a determinar | El efecto fiscal que se pierde: la deducción y el acreditamiento del comprobante, más su actualización y sus recargos | Código Fiscal de la Federación, artículo 69-B: los comprobantes dejan de producir efectos fiscales |
| Multa por comprobante | Del 55 % al 75 % del importe de cada comprobante al que se dio efecto fiscal | Código Fiscal de la Federación, artículo 83, fracción XVIII, en relación con el artículo 84, fracción XVI |
Fuente: Código Fiscal de la Federación, artículos 12, 30, 32-D, 69, 69-B y 69-B Bis; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículos 18, 20, 23 y 24. Texto vigente consultado el 27 de septiembre de 2026.
La cifra se entrega por ejercicio y por contraparte, nunca como un total único. Un total único no permite decidir: no se puede corregir un total, se corrigen ejercicios.
Sin este cálculo, la discusión de un caso se vuelve una conversación sobre intenciones. Con él, es una decisión sobre importes.
La evidencia documental
Los 31 documentos aprobados del proyecto, transcritos
Ésta es la mejor prueba de esta página. El proyecto de este sistema en el motor de la casa no tiene ni una pantalla, y sin embargo es el proyecto con mejor documentación del entregable completo: 31 documentos del proyecto, los 31 en estado Aprobado, en versión 1.0, con última actualización del 31 de agosto de 2026, más 7 documentos técnicos generados.
Se transcriben con su clave tal como están en la base. No se agrupan, no se resumen y no se seleccionan los que quedan bien: los 31, en orden. La tercera columna es lo único que añade esta redacción, y dice para qué sirve cada documento en un servicio de vigilancia de contrapartes.
Los 31 documentos del proyecto de este sistema en el motor, los 31 en estado Aprobado
| Clave y nombre | Versión | Qué aporta a este servicio |
|---|---|---|
| DOC-003 · Declaración de Alcance del Proyecto | 1.0 | Fija qué entra y qué no en el alcance de la vigilancia, que es la primera discusión de cualquier contrato de este tipo |
| DOC-005 · Plan de Gestión de Comunicaciones | 1.0 | A quién se avisa y por qué canal cuando cambia el estatus de una contraparte |
| DOC-006 · Plan de Gestión de Recursos Humanos | 1.0 | Quién ejecuta el cotejo y quién dictamina, con su perfil |
| DOC-010 · Registro de Lecciones Aprendidas | 1.0 | Lo que salió mal antes y no se repite |
| DOC-014 · Registro de Supuestos y Restricciones | 1.0 | Los supuestos sobre disponibilidad y periodicidad de los listados oficiales |
| DOC-017 · Plan de Gestión de Interesados | 1.0 | Las áreas del cliente que tienen algo que entregar o que recibir |
| DOC-100 · Plan de Gestión de Riesgos | 1.0 | El marco de riesgo del propio servicio, distinto del riesgo fiscal que vigila |
| DOC-101 · Registro de Riesgos del Proyecto | 1.0 | El inventario de riesgos con su dueño |
| DOC-102 · Matriz de Probabilidad e Impacto | 1.0 | La escala con la que se clasifica cada riesgo, que es lo que sostiene un semáforo defendible |
| DOC-103 · Plan de Respuesta a Riesgos | 1.0 | Qué se hace ante cada riesgo materializado |
| DOC-104 · Informe de Monitoreo de Riesgos | 1.0 | El antecedente directo del reporte de vigilancia |
| DOC-107 · Análisis de Impacto en el Negocio | 1.0 | Qué se detiene en la empresa si se pierde la opinión de cumplimiento o se restringe el sello |
| DOC-108 · Plan de Contingencia del Proyecto | 1.0 | Qué se hace si un listado oficial deja de estar disponible |
| DOC-122 · Marco de Gobernanza del Proyecto | 1.0 | Quién decide qué, y con qué escalamiento |
| DOC-123 · Política de Gobernanza de Tecnologías de Información | 1.0 | El marco de custodia del expediente del cliente |
| DOC-128 · Documento de Políticas de Tecnologías de Información | 1.0 | Las políticas concretas de acceso y conservación |
| DOC-143 · Política Anticorrupción y Ética | 1.0 | El documento que un banco pide leer antes de aceptar un procedimiento de cumplimiento de un tercero |
| DOC-162 · Registro de Interesados del Proyecto | 1.0 | Los responsables nombrados de cada lado |
| DOC-163 · Matriz Poder-Interés de Interesados | 1.0 | Quién tiene que estar de acuerdo para que el servicio funcione |
| DOC-164 · Plan de Comunicaciones del Proyecto | 1.0 | La periodicidad y el formato de cada entrega |
| DOC-165 · Plan de Compromiso de Interesados | 1.0 | Qué se espera de cada área del cliente |
| DOC-166 · Informe de Satisfacción de Interesados | 1.0 | La medición del servicio por parte de quien lo recibe |
| DOC-167 · Acta de Reunión de Kickoff | 1.0 | El arranque, con lo acordado por escrito |
| DOC-168 · Directorio de Contactos del Proyecto | 1.0 | A quién se le avisa de una coincidencia a las once de la noche |
| DOC-169 · Informe de Gestión de Expectativas | 1.0 | Lo que el servicio no hace, dicho por escrito desde el principio |
| DOC-170 · Plan de Gestión de Innovación | 1.0 | Cómo entra un listado nuevo o una obligación nueva al alcance |
| DOC-171 · Portafolio de Ideas de Innovación | 1.0 | Las mejoras propuestas y no comprometidas |
| DOC-172 · Hoja de Ruta de Innovación | 1.0 | El orden en que se abordarían |
| DOC-173 · Análisis de Riesgos de Innovación | 1.0 | Qué se rompe si se automatiza lo que no se debe automatizar |
| DOC-177 · Informe de Retorno de Inversión de Innovación | 1.0 | El criterio con el que se acepta o se descarta una mejora |
| DOC-193 · Plan de Ciclo de Vida del Software | 1.0 | El documento que explica, por su propio contenido, que este proyecto se documentó como servicio y no llegó a generarse como sistema |
Fuente: tabla documento_proyecto del proyecto de este sistema en el motor.Medido por esta redacción sobre la base del motor de la casa, el proyecto de este sistema, con la hora tomada del reloj del propio servidor: 27 de septiembre de 2026, 14:41:37. Ninguna consulta devolvió nombres de persona ni registros fiscales de contribuyentes.
Y los siete documentos técnicos generados, que son la otra mitad del expediente del proyecto: catálogo de actores y roles del sistema, ficha general del proyecto, perfil organizacional del cliente, matriz de análisis de interesados, registro de problemáticas organizacionales, banco de ideas de negocio e innovación y plan de gestión de configuración. Todos en estado Actualizado, versión 1.0, generados el 31 de agosto de 2026, de dos a cinco páginas cada uno, producidos con apoyo de un modelo de lenguaje.
Lea la última fila de la tabla con atención. Un servicio con plan de ciclo de vida del software aprobado no es una contradicción: es un servicio que se documentó con el mismo rigor con el que la casa documenta un sistema, y que se entrega, a propósito, como trabajo y no como programa.
Treinta y un documentos aprobados sosteniendo un servicio. Ésa es la ficha exacta de este producto, y publicarla completa es lo que permite creer el resto.
Lo que la plataforma de la casa sí genera, dicho con el sujeto delante
Esta sección habla de la plataforma que construye los sistemas de la casa, no de este servicio. Se incluye porque, si no se dice, el lector que llega de otra página de esta capa se queda pensando que aquí falta algo que en los demás sistemas sobra.
La plataforma genera interfaz por tipo de pantalla: 21 tipos, con un generador de página, un generador de estado y un generador de eventos por cada tipo, y seis artefactos de código por pantalla. El catálogo equivalente en la base devuelve 25 filas, 24 activas, y esa diferencia entre lo verificado en disco y lo que dice el catálogo también se publica: no se elige el número que conviene.
Sobre este servicio, ninguno de esos 21 tipos aplica, porque no hay ni un módulo del cual colgar una pantalla. Si algún día este servicio se generara como sistema, los tipos que le tocarían son previsibles a partir de sus propios procesos: una bandeja para las alertas, una ficha por contraparte, un asistente para el armado del expediente, un tablero para la exposición consolidada y un repositorio de evidencia. Eso es una consecuencia del proceso, no un compromiso, y así está dicho.
Tipos de pantalla que la plataforma genera · cuáles le tocarían a este servicio si se generara
| Tipo | Qué resuelve | Correspondencia en este servicio |
|---|---|---|
| Bandeja | Trabajo pendiente asignado, con prioridad y plazo | Las alertas de cambio de estatus con su fecha de vencimiento |
| Ficha | Un registro completo con su historial | La contraparte, con su historial de cotejos y sus dictámenes |
| Asistente por pasos | Un proceso guiado que no se puede saltar pasos | El armado del expediente de materialidad, pieza por pieza |
| Tablero | Indicadores con su umbral | La exposición consolidada por contraparte y por ejercicio |
| Auditoría | El registro de quién hizo qué y cuándo | La bitácora de cotejos, que es la pieza que un tercero verifica |
| Aprobación | Una decisión con dos o más manos | El alta de contraparte en amarillo o en rojo |
| Reporte | Un documento con formato fijo, para imprimir o enviar | El reporte de vigilancia y el dictamen |
| Importación | Cargar datos de fuera con validación | El catálogo de proveedores del cliente y los listados oficiales |
Fuente: generador de interfaz de la plataforma de la casa, 21 tipos con un generador por tipo; catálogo de la base con 25 filas y 24 activas, medido al corte del 27 de septiembre de 2026, 14:41:37. La tercera columna es una correspondencia derivada de los 39 procesos y 110 casos de uso de este proyecto, no un compromiso de entrega.
La plataforma tiene 21 tipos de pantalla. Este servicio tiene cero, y la razón es que lo modelado fue un servicio.
Cómo se lee un entregable de este servicio
Los seis documentos comparten cuatro reglas de forma, y las cuatro existen para que un tercero pueda verificarlos sin llamar por teléfono a nadie. Son las mismas reglas que hacen que un dictamen sirva en una discusión con la autoridad y no sólo en una junta interna.
- Folio y fecha en la primera línea. Sin folio no hay forma de atar el documento a la operación que justifica, y sin fecha no prueba nada sobre el momento en que se hizo la revisión.
- La fuente de cada afirmación, al lado de la afirmación. El listado consultado, su versión y la fecha y hora del cotejo van en la misma línea que el resultado, no en un pie de página general.
- Los faltantes declarados. Cada entregable que arma piezas dice qué pieza no está. Un expediente que oculta un hueco falla el día que más importa.
- Ningún dato personal de ejemplo. Los entregables que esta capa muestra se identifican por folio. En estas páginas no aparece ni un nombre ni un registro fiscal de contribuyente, y en la base del motor tampoco: se verificó con búsqueda de patrón sobre el volcado completo, con cero coincidencias.
Falta decir lo que ninguno de los seis entregables hace, y decirlo en esta página y no en una nota al pie. Ningún documento de este servicio lo exime de responsabilidad. La obligación de identificar a sus contrapartes, de conservar la evidencia y de presentar lo que corresponda está puesta en cabeza de su empresa. Un tercero puede ejecutar el trabajo, ordenarlo, fecharlo y avisarle del plazo. Lo que no puede es asumir la obligación, y quien se lo ofrezca le está prometiendo algo que ninguna norma permite prometer. (Código Fiscal de la Federación, artículo 30; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, artículos 18 y 20)
Lo que estos seis documentos le dan no es tranquilidad. Es la posibilidad de contestar, con papel, la única pregunta que importa: cuándo y contra qué verificó a este proveedor.
Preguntas frecuentes
¿Por qué esta página no tiene capturas de pantalla?
Porque no hay pantalla que capturar: esto es un servicio profesional, no una aplicación. Todas las capturas del inventario de esta capa pertenecen a sistemas generados por la plataforma, y este servicio no lo es. Poner una sería atribuirle algo que no tiene.
Entonces, ¿qué recibo exactamente?
Seis documentos. Un dictamen por cada contraparte antes de darla de alta; un aviso el día en que una contraparte cambia de estatus, con el importe en riesgo y la fecha exacta de vencimiento del plazo; el expediente de materialidad de cada operación relevante; el aviso de coincidencia cuando aplica; el reporte de vigilancia con la periodicidad pactada; y el expediente de la visita si llega un requerimiento.
¿En qué formato llegan?
El dictamen y el aviso, como documento de una o dos páginas con folio y fecha. El expediente de materialidad y el de la visita, como carpeta con índice numerado, una pieza por documento, ordenada como la pide la autoridad. El reporte de vigilancia, como reporte fechado con su portada de cifras y su detalle por contraparte.
¿Quién firma cada documento?
El dictamen y el aviso de cambio de estatus los firma quien los produce, por la casa. El expediente de materialidad y el de la visita los prepara la casa y los presenta y firma el representante legal de su empresa. El aviso de coincidencia lo firma el representante encargado del cumplimiento que su empresa designe, porque la obligación es de la empresa.
¿El plazo de veinticuatro horas para el aviso de coincidencia es real?
Esta redacción no lo publica como obligación general porque no lo verificó contra el texto que lo fijaría. Lo que está verificado es el plazo del día 17 del mes siguiente para los avisos ordinarios de la ley de actividades vulnerables, en su artículo 23, y la conservación de diez años de su artículo 18, fracción IV. El aviso inmediato pertenece a disposiciones de carácter general de otro régimen. Cuál le aplica a su empresa depende de su actividad, y determinarlo es parte del primer diagnóstico.
¿Estos entregables me eximen de responsabilidad ante la autoridad?
No. La obligación de identificar contrapartes, conservar documentación y presentar lo que corresponda está puesta en cabeza de la empresa. Lo que cambia con estos documentos es que la revisión que se hizo quede probada, fechada y verificable por un tercero, y que el plazo de defensa no venza sin que nadie lo haya visto empezar.
Referencias
- Código Fiscal de la Federación. Artículo 12, cómputo de plazos en días hábiles; artículo 29-A, requisitos de los comprobantes; artículo 30, conservación de la contabilidad y de la documentación comprobatoria; artículo 69-B, presunción de operaciones inexistentes y plazo de treinta días; artículo 83, fracciones XVIII y XIX, y artículo 84, fracción XVI, multa del 55 % al 75 % del importe de cada comprobante. Texto vigente consultado el 27 de septiembre de 2026. ↗
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Artículo 18, fracción IV, conservación de diez años; artículo 20, designación y registro del representante encargado del cumplimiento; artículo 23, presentación de avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente. Texto vigente tras la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. ↗
- Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, artículo 95 Bis: obligación de verificar contrapartes contra listas de riesgo. ↗
- Motor el motor de la casa · base del motor de la casa, el proyecto de este sistema. Medido para esta página: 0 módulos, 0 pantallas, 0 entidades, 0 endpoints, 0 agentes de inteligencia artificial, 0 máquinas de estado, 39 procesos, 97 subprocesos, 110 casos de uso, 9 roles, 31 documentos del proyecto todos en estado Aprobado y 7 documentos técnicos generados. Hora tomada del reloj del propio servidor: 27 de septiembre de 2026, 14:41:37. ↗
- Plataforma de generación de la casa: 21 tipos de pantalla con un generador de página, uno de estado y uno de eventos por tipo, y seis artefactos de código por pantalla; catálogo de tipos en base de datos con 25 filas y 24 activas al mismo corte. El sujeto de estas cifras es la plataforma, no este servicio. ↗
- Diario Oficial de la Federación: decreto de reformas al Código Fiscal de la Federación publicado el 7 de noviembre de 2025, que reformó los artículos 17-H, 29-A, 30-B y 113 Bis, y no reformó los artículos 69, 69-B, 5-A ni 32-D. ↗
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