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Comercio exterior

La regulación de comercio exterior, con artículo y fecha.

Las 4 que le aplican hoy a esta industria. Cada una dice qué obliga, en qué plazo, qué pasa si no se cumple y a qué fecha la verificamos.

Verificado al 27 de septiembre de 2026. Esta fecha es el corte del material, no su fecha de publicación. La norma cambia cuando quiere; si encuentra una que ya se movió, escríbanos a sales@spartane.ai y la corregimos con la corrección a la vista.

Ley Aduanera · artículo 6º, 36-A, 59 y 162

El expediente electrónico del pedimento, y la copia que el cliente también guarda

Formar un expediente electrónico de cada pedimento o documento aduanero, con sus anexos y sus acuses, en el formato en que se transmitió; conservarlo como parte de la contabilidad por los plazos del Código Fiscal de la Federación; y proporcionarlo a los clientes que correspondan sin cargo adicional, quienes a su vez tienen obligación de conservarlo.

Quién la exige
Secretaría de Hacienda y Crédito Público · autoridad aduanera
A quién le toca
Comercio exterior · Manufactura y distribución
Plazo
Los plazos del artículo 30 del Código Fiscal: cinco años desde que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones relacionadas, con dos relojes distintos —desde la declaración del último ejercicio cuando los efectos fiscales se prolongan, y desde que quede firme la resolución cuando hubo recurso o juicio
Si no cumple
La parte que casi nunca se configura en un sistema es la entrega al cliente sin cargo adicional, con su obligación propia de conservarlo: quien no la implementa deja al cliente sin el expediente que la ley le exige conservar, y sin saberlo.
Última reforma
última reforma publicada el 19 de noviembre de 2025. La fecha de publicación original de la ley no se verificó y por eso no se publica

Texto vigente de la Ley Aduanera publicado por la Cámara de Diputados · Artículos leídos sobre el texto vigente el 27 de septiembre de 2026, con la reforma del 19 de noviembre de 2025 · vigente al 2026-09-27

Cómo se resuelve dentro del sistema ↗

Código Fiscal de la Federación · artículo 30

Cuántos años se conserva la contabilidad, y desde cuándo se cuentan

La contabilidad y la documentación relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales se conservan cinco años. Actas constitutivas, contratos de asociación en participación, actas de aumento o disminución de capital, fusión o escisión, constancias de dividendos y las declaraciones de pagos provisionales y del ejercicio se conservan por todo el tiempo en que subsista la sociedad o el contrato.

Quién la exige
SAT
A quién le toca
Manufactura y distribución · Comercio exterior
Plazo
Cinco años contados a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron presentarse las declaraciones relacionadas · cuando los efectos fiscales del acto se prolongan en el tiempo, el cómputo empieza con la declaración del último ejercicio en que se produjeron · cuando sobre el concepto se promovió recurso o juicio, se cuenta desde que quede firme la resolución que le ponga fin
Si no cumple
Es el plazo al que remite la Ley Aduanera para el expediente electrónico del despacho. Y es la razón por la que un repositorio documental tiene que distinguir lo que se conserva por obligación legal de lo que se conserva por conveniencia: sólo lo segundo se puede cancelar a petición del titular de los datos.
Publicación
DOF 31 de diciembre de 1981 · nuevo Código
Última reforma
texto vigente

Texto vigente del Código Fiscal de la Federación publicado por la Cámara de Diputados, última reforma en el DOF del 9 de abril de 2026 · Los tres relojes del tercer párrafo se transcribieron del texto vigente · vigente al 2026-09-27

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21 CFR Part 1, Subpart L · Foreign Supplier Verification Programs · artículo Subpart L

La obligación es del importador, y por eso el cliente pide la evidencia

Obliga al importador estadounidense —dueño o consignatario de la mercancía, o su agente— a verificar que cada proveedor extranjero produce con controles equivalentes a los que exige la ley estadounidense. No le obliga a creerle al proveedor: le obliga a documentarlo.

Quién la exige
FDA
A quién le toca
Agroindustria y alimentos · Bienes de consumo · Comercio exterior
Sanción
Si el importador no puede documentar la verificación, no puede importar legalmente y la mercancía se detiene en la frontera
Si no cumple
Ésta es la pieza que explica por qué la presión regulatoria le llega al productor por correo de su cliente y no por oficio de una autoridad extranjera. Y el orden importa: el esquema de certificación no es un requisito de la autoridad estadounidense, es el instrumento con el que el comprador cumple el suyo. Perseguir una certificación que no está en la lista de esquemas reconocidos es gastar en algo que no le sirve a quien tiene que usarla.
Publicación
Federal Register, 27 de noviembre de 2015
Última reforma
sus fechas escalonadas de cumplimiento ya vencieron

Federal Register y páginas de la FDA, consultadas el 27 de septiembre de 2026 · Fecha de publicación verificada contra la fuente oficial · vigente al 2026-09-27

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Complemento Carta Porte del CFDI · artículo versión 3.1, sobre el CFDI 4.0 y las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal del ejercicio

El traslado se ampara con el comprobante y su Complemento Carta Porte 3.1

El traslado de mercancías en territorio nacional se ampara con un comprobante fiscal digital por internet —de traslado cuando el dueño de la mercancía la mueve con medios propios, de ingreso cuando alguien presta el servicio— al que se incorpora el Complemento Carta Porte, que declara origen, puntos intermedios y destino con sus fechas y horas, la mercancía con su clave y su peso, el operador, el vehículo con sus placas y su configuración, los remolques, el permiso de autotransporte del permisionario y la póliza de seguro.

Quién la exige
SAT
A quién le toca
Transporte de carga · Agroindustria y alimentos · Comercio exterior
Si no cumple
El comprobante que no corresponde al viaje no ampara nada, y en carretera la corrección no se puede hacer. Los campos que pide el complemento son los mismos que ya capturó el despacho: cada campo recapturado en otro programa es una oportunidad de que el comprobante y el viaje no coincidan.
Publicación
Publicada por el SAT en su portal el 17 de junio de 2024
Última reforma
de uso obligatorio desde el 17 de julio de 2024, sin convivencia con la versión anterior; en uso durante 2026

Documentación del Complemento Carta Porte publicada por el SAT · Versión y fechas verificadas. El instructivo de llenado y los catálogos se actualizan sin cambiar la versión del complemento: la fecha de la última actualización de catálogos no se pudo confirmar y por eso no se publica · vigente al 2026-09-27

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Quién la resuelve

Las mismas normas, vistas desde el sistema que las atiende

Una norma leída no sirve de nada si nadie dice dónde se cumple. Cada ficha de arriba nombra el sistema que la atiende; aquí están sumadas, para que se entre por el lado del producto cuando ya se sabe qué obligación se quiere cerrar. El número es cuántas de esta industria atiende, no cuántas atiende en total.

  • AgriNet — 2 de las 4 de esta industria: 21 CFR Part 1, Subpart L · Foreign Supplier Verification Programs, Complemento Carta Porte del CFDI
  • Relevo — 2 de las 4 de esta industria: Código Fiscal de la Federación, Ley Aduanera
  • KORE — 1 de las 4 de esta industria: Complemento Carta Porte del CFDI
  • TotalTow — 1 de las 4 de esta industria: Complemento Carta Porte del CFDI

Lo que comparte

Por qué algunas de estas normas reaparecen en otra industria

Esta biblioteca no reparte una lista común entre todos los sectores: cada industria tiene las suyas. Pero hay ordenamientos que de verdad alcanzan a varias —la conservación contable y el tratamiento de datos personales no preguntan a qué se dedica usted—, y cuando eso pasa la ficha aparece en las dos. Éstas son las de esta industria que también le aplican a otra, con el enlace para verlas en su contexto.

Lo que no está

Lo que esta biblioteca todavía no cubre de esta industria

La biblioteca entra a comercio exterior por el expediente del despacho y por la conservación contable, que es donde el software decide si usted tiene o no tiene la prueba. El resto del marco —el que decide si la mercancía puede cruzar— no está leído, y por eso no está aquí.

De cada uno se nombra el ordenamiento y nada más: ni artículo, ni plazo, ni qué obliga. Eso exige haberlo leído, y si lo hubiéramos leído tendría ficha arriba en lugar de aparecer en esta lista. Si le falta uno para decidir, pídalo y se lee.

  • Ley de Comercio Exterior, y su reglamento — Permisos previos, cupos y medidas de regulación no arancelaria. No se abrió el texto.
  • Reglas Generales de Comercio Exterior, con sus anexos — Se publican y se modifican cada ejercicio. Un material que cambia varias veces al año exige un compromiso de relectura que todavía no tomamos, y publicarlo sin él sería peor que no publicarlo.
  • Decreto IMMEX — El régimen con el que opera buena parte de la manufactura de exportación. No se leyó.
  • Las reglas de origen del tratado aplicable a cada operación — Dependen del tratado y del producto. No se leyeron, y generalizar sobre ellas es el error más común de quien no las ha abierto.

Son 4 ordenamientos que sabemos que le tocan y no hemos abierto, contra 4 fichas leídas con su artículo. Publicar las dos cifras juntas es lo único que hace creíble la primera.